En Venezuela, los contribuyentes se clasifican principalmente según su actividad económica y obligaciones fiscales como especiales, ordinarios y formales La clasificación puede variar según el volumen de ingresos, tipo de actividad, y decisiones administrativas por parte de la administración tributaria representada por el SENIAT.
Los contribuyentes especiales son empresas o personas naturales con alto volumen de operaciones y están sujetos a mayores controles fiscales y deben cumplir con obligaciones adicionales como declaraciones quincenales de IVA y de retención de IVA suelen ser notificados formalmente por el SENIAT y deben seguir procedimientos específicos para facturación, retenciones y declaraciones, varían con respecto a los ordinarios y formales principalmente porque ellos están regidos por un calendario Fiscal exclusivo para este tipo de contribuyentes e incluso tienen obligaciones Fiscales solo aplicadas a este tipo de Contribuyentes como es por ejemplo en Impuesto a los Grandes Patrimonios y el IGTF, es importante revisar periódicamente el estatus tributario para evitar sanciones por incumplimiento.
En el caso de los contribuyentes ordinarios se incluyen aquí personas naturales y jurídicas que realizan actividades económicas regulares y gravadas pero no alcanzan el umbral para ser especiales, o se encuentren recién constituidas.
Otro tipo de Contribuyente menos común que los anteriores, es el formal, establecido así principalmente a lo que respecta a la ley de IVA y son aquellos que están registrados en el RIF y cumplen con las obligaciones fiscales básicas, aunque su actividad económica sea limitada en vista que realizan actividades económicas que califican como sujetas de IVA pero cuentan con algunas exoneración o exención del tributo.